lunes, 4 de abril de 2011

El T S ha declarado la responsabilidad civil del Estado por la falta de medidas de seguridad adoptadas en la cárcel de Picassent

El país.com                   04/04/2011
El Estado, responsable de la falta de seguridad en Picassent
La Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha declarado la responsabilidad civil del Estado por la falta de medidas de seguridad adoptadas en la cárcel de Picassent, en la que en 2008 dos internos retuvieron a un funcionario durante media hora y golpearon a otro, según consta en la sentencia facilitada por la Asociación Profesional de Funcionarios de Prisiones (APFP) a Europa Press.
El Supremo ha estimado así parcialmente el recurso interpuesto por uno de los funcionarios afectados por este incidente contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Valencia, que no declaraba la responsabilidad civil subsidiaria del Estado, "a pesar de haberse probado la falta de cumplimiento por parte de la Administración de las medidas acordadas para asegurar el trabajo de los funcionarios", según alegaba el empleado.
Asimismo, el Supremo ha ratificado las penas de siete años y dos meses, y de 10 años y ocho meses para los dos internos que retuvieron a un funcionario el 23 de marzo de 2008 y golpearon a otro. Los presos eludieron un arco de seguridad, y llegaron a la primera planta, en la que se registró el incidente. Los internos amenazaron a los trabajadores con cuchillas extraídas de las maquinillas de afeitar.

Negligencia

Respecto a la responsabilidad del Estado, la sentencia de la Audiencia no declara este hecho al entender que, aún pudiéndose haber evitado algunos actos, no se acreditó que se incurriera en una infracción de los Reglamentos de Policía. Además, afirmaba que el recurrente, por el hecho de ser funcionario de prisiones, "tenía incluido dentro de su sueldo el riesgo que sufrió".
Sin embargo, el recurrente discrepó de esta interpretación y afirmó en su recurso de casación ante el TS que no se tomaron las medidas adecuadas por parte de la Administración para evitar los riesgos que sí eran previsibles. En concreto, expuso que el Estado actuó de manera "negligente" porque no cumplió con su obligación de colocar las esclusas que "hubieran evitado los delitos producidos". Concretamente, el funcionario alegaba que el Estado debería haber colocado cancelas dobles en todos los patios y puertas cangrejeras en las segundas plantas de los departamentos, "tal y como se acordó en su día".


levante-emv.com      04/04/2011

Seguridad en la prisión

Editorial

El Tribunal Supremo ha declarado responsable civil al Estado por las consecuencias de un delito que dos presos de la cárcel de Picassent cometieron sobre un funcionario de prisiones al que secuestraron durante media hora. El fallo establece que el penal no tenía en 2008 unas medidas de seguridad acordadas entre el personal y la dirección que habrían evitado el asalto. La Audiencia de Valencia, en una sentencia anterior, había estimado que el riesgo ya estaba incluido en el sueldo de los funcionarios de prisiones, pero el Supremo rectifica esta conclusión en la medida en que determinadas cuestiones de seguridad no habían sido abordadas de forma adecuada.
La sentencia, además de resolver un litigio relativo a la prisión valenciana y a la relación de esta con sus funcionarios, que a menudo exponen su integridad física durante el trabajo, marca una línea que resultará de interés para el colectivo general de los trabajadores de las distintas administraciones. Con este fallo judicial, cualquier deficiencia demostrable e imputable a la institución puede significar la descarga de responsabilidad de sus empleados y la atribución de esta al Estado, las comunidades autónomas, las diputaciones o los ayuntamientos.
Resulta muy importante, en el fallo del Supremo, el detalle de que las medidas de seguridad que no habían sido instaladas, unas esclusas, estaban pactadas con los trabajadores, lo que ha conferido al incumplimiento una significación que ha determinado el signo del pleito.



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